Brisas de Laureles, seguimiento de obra mes de Noviembre

Te presentamos el seguimiento de obra para el proyecto Brisas de Laureles para el mes de Noviembre, cada día más cerca la experiencia de vivir en este espectacular sitio.

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10 Pasos para comprar vivienda

En solo 10 pasos podrá saber cómo obtener y financiar su vivienda en Colombia de forma sencilla y ágil para que el sueño de tener “Casa propia” se convierta en una realidad.  Atrás quedaron las largas charlas para conocer cómo adquirir vivienda, actualmente conseguir y financiar su vivienda es más claro de lo que se piensa. Existen diversas opciones en planes de financiamiento, aquí  10 pasos para que planee y haga realidad el sueño de tener  “Casa Propia”.

1.Tenga en claro que desea: Es importante que determine si desea adquirir un inmueble nuevo o usado, escogerlo y conocer el avalúo comercial.  Conocer el avalúo es vital para que sepa el precio más justo y real de la propiedad que desea obtener.

Existen avaluadores certificados por el Registro Abierto de Avaluadores, asegúrese que el inmueble que desea adquirir está avaluado por profesionales registrados en esta entidad.    Parece simple pero saltarse este primer paso puede traer complicaciones en todo el proceso.

2.Tipos de vivienda: En el momento de tener su hogar debe saber que existen dos clases de vivienda: VIS y NO VIS.

 La Vivienda de Interés Social (VIS) es aquella que desarrolla la compra de inmuebles para hogares de menores ingresos que no superan los 4 Salarios Legales Mínimos Vigentes (SMVL), es decir $2’464.000, y el valor máximo de la vivienda que se quiere comprar no debe superar los 135 SMVL, es decir $83’163.645.

La vivienda NO VIS es aquella donde los interesados tienen ingresos mayores a los 4  SMVL($2’464.000) y el precio de la vivienda supera los 135 SMVL ($83’163.645).

3.Formas de Financiación: Existen diversos tipos de financiación, sin embargo, los 2 más destacados son el crédito hipotecario con varias opciones de pago y el leasing habitacional.  La financiación de su vivienda puede hacerse a través de entidades privadas o de entidades públicas.  Es cuestión de decidir lo que mejor se ajuste a su bolsillo y a su capacidad de pago.

4.Financiación de Crédito Hipotecario: Este crédito tiene dos maneras de pago. La primera, es el crédito con tasa fija y cuota fijo de principio a fin. La segunda, es el pago de tasa fija con cuotas variables en UVR.

En cualquiera de estas modalidades se presta el 70 % del valor de la vivienda tanto para VIS como para NO VIS.

Algunas entidades financieras prestan hasta el 80% del valor del inmueble para NO VIS.

El valor de la cuota inicial está fijado en un 30% sobre el  valor de la vivienda.

Los plazos del crédito pueden ser entre 5 y 20 años.

Escoger cualquiera de estas maneras de pago dependerá de la variación de sus ingresos mes a mes.  Recuerde que según la ley, usted no podrá pagar cuotas mayores al 30 % de su salario mensual.

A)      Crédito hipotecario de tasa fija y cuota fijo: Este crédito tiene una tasa y cuota fija mensual durante todo el pago del crédito. Este préstamo  puede aplicarse a los 2 tipos de vivienda.

B)      Crédito hipotecario de tasa fija con cuotas variables o fijas (UVR):  El UVR es la Unidad de Valor Real que se calcula con el índice de precios al consumidor o inflación y que no permite capitalizar los intereses.

Como el valor del dinero va cambiando cada día y cada año, el banco convierte el crédito de pesos a UVR. El valor total del crédito debe ser multiplicado por el valor del UVR que va cambiando cada día, junto a los intereses del banco que también lo hacen cada día.  No hay que olvidar que la inflación es manejada directamente por el Banco de la República.

En el crédito con UVR pueden existir préstamos con tasas fijas pero las cuotas de pago mensuales varían de acuerdo a la inflación.

De igual manera existe el crédito con UVR de tasas fijas y cuotas de pago mensuales fijas en unidades UVR durante la vigencia del crédito, que se suman a la variación del valor UVR y dan una cuota en pesos que cambia periódicamente. En este tipo de crédito el abono que se hace al valor total en UVR se va dando desde la primera cuota.

5.Financiación de Leasing Habitacional: Es un contrato de arrendamiento con una entidad privada o pública, con un pago mensual sobre una vivienda nueva, usada o en planos.  El tiempo de este contrato es estipulado por la entidad financiera y el comprador. Al final del contrato usted puede decidir si desea obtener el inmueble por medio de la llamada “Opción de compra”. Si opta por esta opción se tienen en cuenta los pagos hechos en todo el proceso de arrendamiento.

El dueño del inmueble mientras el tiempo de arrendamiento es la entidad privada o pública.

Se financia el 80% del valor del inmueble y el 20 % que queda es el valor de la cuota inicial.

En este sistema usted abona al capital desde el primer canon de arrendamiento. El pago mensual contiene capital e interés.

La opción de compra puede hacerse en cualquier momento sin necesidad de llegar al fin del contrato o puede suspender el contrato de arrendamiento eligiendo el día y el mes.

En el contrato de alquiler usted paga por usar y disfrutar el inmueble.

Se admiten prepagos sin que se aplique ninguna sanción. Puede realizar aportes al proveedor si la vivienda es sobre planos.

Los plazos del contrato de arrendamiento en la mayoría de entidades son entre 5-20 años.

Recibe beneficios tributarios en el ingreso no constitutivo de la renta y disminuye la base de retención en la fuente.

Al igual que en el crédito hipotecario si el cliente se queda en las cuotas, se puede quitar el inmueble al cliente.

El comprador asume los gastos de abogado, seguros, mantenimiento de la vivienda, servicios públicos, administración, predial y gastos de escrituras.

Esta es una opción interesante para los cerca de 8 millones de colombianos que viven en arriendo y que podrían mudarse a esta nueva opción de compra de vivienda.

6. Financiación Fondo Público (Ahorro Programado): El fondo público en Colombia es el Fondo Nacional del Ahorro. En esta entidad puede hacer un ahorro programado y con 400 puntos ya puede acceder a créditos de vivienda. Los ahorros pueden usarse para para financiar el 30% de la cuota inicial en cualquier entidad privada, o para pedir el crédito de vivienda al mismo FNA. El FNA ofrece un abanico más amplio de préstamos para quienes tienen menores ingresos, madres cabezas de familia, personas en discapacidad, etc.

7. Documentación y requisitos para los créditos: Luego de escoger el tipo de crédito que mejor se adecua a su salario o ingreso mensual, debe llevar la documentación necesaria para que se haga el estudio de su crédito.  El solicitante de préstamo debe ser una persona natural entre 18-69 años. Para el estudio de créditos le serán pedidos algunos documentos como certificados laborares, extractos bancarios, estados financieros, entre otros.

8. Aprobación del Crédito: Una vez revisados los documentos para el crédito, la entidad financiera escogida le comunicará la aprobación o no aprobación del crédito. Sin embargo, si tiene en claro cuáles son sus posibilidades de pago conforme a sus ingresos mensuales, qué tipo de vivienda y de crédito desea; probablemente la aprobación del crédito será una realidad.

Muchas entidades financieras ofrecen el servicio de Simuladores de Crédito, donde usted puede calcular según su información cuánto le prestarían, cuáles serían sus tasas de interés y cuotas de pago dependiendo el tipo de crédito que escoja.

9. Desembolso del crédito: Después de la aprobación del crédito, se realizará el estudio de títulos y lapromesa de compraventa. Esta promesa será firmada en la notaría entre vendedor y comprador, queda estipulada como vivienda familiar y ninguno de los cónyuges puede venderla solo. Luego las copias de la escritura se llevan a la Oficina de Instrumentos Públicos donde se expide un certificado de tradición y libertad.  Para el desembolso se llevan las copia de escrituras y el certificado de tradición y libertad junto con el acta de recibo del inmueble para las posteriores firmas. Luego la entidad financiera junto a su abogado revisa la situación jurídica de la vivienda, si no presenta problemas el abogado realiza un informe y la redacción de la escritura de la hipoteca.  Cuando estos ya está listo la entidad comunica al comprador la fecha y notaría para hacer la firma de la escritura.

10. Disfrute su vivienda: Con la firma de la escritura ya podrá disfrutar de su vivienda y cancelar sus obligaciones financieras dependiendo el tipo de crédito que escogió. En este paso la vivienda que deseó es una realidad.

​Fuente: fincaraiz.com.co

Programa Casa Ahorro

1. ¿Qué busca el Programa de Casa Ahorro?

Este programa busca promover la adquisición de vivienda para familias de todo el país que tengan ingresos de hasta dos (2) salarios mínimos mensuales. Estas familias podrán tener casa propia sin comprometer más del 30% de su ingreso en el pago de las cuo tas del crédito que se les otorgue para la adquisición de vivienda.

2. ¿Qué requisitos se deben cumplir los hogares para ser potenciales beneficiarios del programa?

Podrán ser beneficiarios del programa los hogares que:

· Tengan ingresos totales mensuales no superiores a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
· No sean propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
· No hayan sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de interés. Salvo cuando el beneficiario haya perdido la vivienda por imposibilidad de pago del crédito con el cual la adquirió, o cuando la vivienda haya resultado totalmente destruida o quedado inhabitable como consecuencia de desastres naturales, calamidades públicas, emergencias, o atentados terroristas.
· Aportar para la adquisición de la vivienda el ahorro equivalente al 5% del valor de la vivienda, es decir aproximadamente ($2.255.000) dos millones doscientos cincuenta y cinco mil pesos, suma que podrá acreditarse como requisito para la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda. En el evento que en el proyecto existan entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda diferentes a Fonvivienda o a las Cajas de Compensación Familiar, el ahorro del hogar puede disminuir hasta el 2% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente ($902.000) novecientos dos mil pesos.
· Cuenten con un crédito pre-aprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la vivienda.
· No hayan sido inhabilitados por haber presentado documentos o información falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.

3. ¿Cuántas familias se beneficiarán con la medida?

Con este programa serán beneficiados hasta 86 mil hogares que cumplan con los requisitos antes mencionados.

4. ¿Estos 86 mil hogares qué beneficios puntuales tendrán?

Los beneficios que recibirán los hogares en el marco del programa son:

· A los hogares que tengan ingresos de hasta 1,6 SMMLV ($1.030.960) el subsidio a asignar es de 30 SMMLV ($19.330.500) y familias con ingresos mayores a 1.6 SMMLV y hasta 2 SMMLV ($1.288.700) el subsidio a asignar es de 25 SMMLV ($16.108.750).
· Recibirán la cobertura de tasa de interés, que equivaldrá a 5 puntos porcentuales de la tasa del crédito que se les otorgue para la adquisición de la vivienda.
· Los beneficios antes señalados deberán aplicarse en la adquisición de las viviendas que se ejecuten dentro de los proyectos seleccionados en desarrollo del programa.
· El valor de cada vivienda no podrá superar los 70 SMMLV

5. ¿El programa impactará la generación de empleo?

Sí, se estima que con la ejecución de este programa se generarán cerca de 100.000 empleos.

6. ¿Cuántos recursos se invertirán en el Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores?

El monto total del Programa asciende a $2,21 billones. El Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA), entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, destinará aproximadamente $1,91 billones y las Cajas de Compensación Familiar aportarán aproximadamente $0,3 billones.

7. ¿Cómo es el esquema de ejecución del programa?

FONVIVIENDA y las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con las facultades que les otorga la Ley, constituirán un «patrimonio autónomo», que será el ente encargado de administrar los recursos del programa, adelantar los procesos de selección de los proyectos de vivienda que se desarrollarán en el marco del mismo, y desembolsar los recursos del subsidio a los oferentes seleccionados que cumplan los requisitos que se indiquen en las convocatorias de los procesos de selección.

8. ¿Quiénes construirán las viviendas prioritarias para estas 86 mil familias?

Los promotores, constructores y/o las Cajas de Compensación Familiar (CCF) podrán ofertar proyectos de vivienda de interés prioritaria nueva construida, en construcción, o por iniciar, siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos de la convocatoria que realice el patrimonio autónomo para la selección de los proyectos.

También podrán adelantarse procesos de selección en los que las entidades públicas sean oferentes de los proyectos como miembros de consorcios o uniones temporales con promotores, constructores y/o CCF.

Se exigirá, como mínimo, que los proponentes tengan experiencia específica mínima de 5 años en ejecución de proyectos de vivienda y que no hubieren sido sancionados por incumplimientos contractuales relacionados con la construcción, de acuerdo con las normas vigentes. También se solicitarán los documentos que acrediten la viabilidad técnica, jurídica y financiera del proyecto.

9. ¿Cómo serán seleccionadas las familias beneficiarias?

Las familias que se quieren postular deberán presentarse a las salas de ventas de los proyectos que construirán en este programa.

Los oferentes de los proyectos seleccionados presentarán el listado de hogares propuestos para ser beneficiarios de los subsidios a aplicar en las viviendas del proyecto.

Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. FONVIVIENDA podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.

Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.

En el evento en que se adviertan inconsistencias con posterioridad a la asignación del subsidio, habrá lugar a su restitución, con el valor del salario mínimo del momento de la restitución.

10. ¿Cuándo se abrirán salas de ventas?

De acuerdo con lo previsto en los términos de referencia definitivos, una vez seleccionados los proyectos, los proponentes tienen un período de comercialización que oscila entre 5 y 7 meses, período en el cual serán instaladas las salas de venta de los proyectos seleccionados.

11. ¿Las familias interesadas cómo podrán saber que el proyecto hace parte de Casa Ahorro?

Los proyectos que sean seleccionados en el marco del Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores serán publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá para que cualquier persona interesada pueda verificar los listados de proyectos, el constructor y su ubicación.

12. ¿Qué documentos deben llevar las familias a las salas de ventas?

Para empezar es preciso señalar que la escogencia de los proyectos por parte de los beneficiarios es libre. Se recomienda que los beneficiarios visiten las salas de ventas de los proyectos que les interesen antes de entregar cualquier tipo de documentación.

Una vez el beneficiario tenga definido el proyecto, será necesario que suministre al constructor la siguiente información:

· Un formulario de postulación debidamente diligenciado, en el formato que establezca Fonvivienda, que indique los datos de los miembros que conforman el hogar, con indicación de su información socioeconómica y la identificación del jefe del hogar.
· La identificación del proyecto de vivienda en donde aplicaría el subsidio familiar de vivienda en caso de ser otorgado en su favor, incluyendo la manifestación que ninguno de sus miembros se ha postulado para ser beneficiario en otro proyecto de vivienda de interés prioritario que haya sido seleccionado en el marco del programa.
· Registro civil de matrimonio o prueba de la unión marital de hecho.
· Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los mayores de 18 años y registro civil de nacimiento de los demás miembros del hogar que se postula.
· Carta de preaprobación de crédito por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda.
· Autorización del hogar para que en el evento de resultar beneficiario del subsidio, los recursos se giren al oferente en los plazos y condiciones señalados en los términos de referencia de los procesos de selección.
· En caso de ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, otorgado por una Caja de Compensación Familiar o por Fonvivienda, con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013, la autorización para que dicho subsidio sea girado al patrimonio autónomo o al Fovis de la Caja respectiva, según sea el caso.

13. ¿Todas las familias que vayan a las salas de ventas y cumplan con los requisitos saldrán favorecidas?

No. Las 86 mil viviendas están distribuidas en todo el país, por lo que en cada región se asignarán los cupos determinados para cada departamento. Para eso los constructores u oferentes de los proyectos seleccionados en cada municipio o ciudad presentarán el listado de hogares que se acercaron a las salas de ventas y manifestaron cumplir con los requisitos.
Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. Fonvivienda podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.
Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.

14. ¿Cómo se notificará a las familias que salieron favorecidas?

Los listados presentados por los proponentes serán objeto del procedimiento de verificación a que se refieren los artículos 21 y siguientes del Decreto 1432 de 2013, y el patrimonio autónomo Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores comunicará al oferente el resultado, quien a su vez deberá comunicar a los beneficiarios.

Fuente: http://www.minvivienda.gov.co/vipa/abc

Fotografía tomada de http://www.minvivienda.gov.co/vipa/abc

Qué es el Subsidio de Interés Social

Es una ayuda de las cajas de compensación o del gobierno para que las familias de escasos recursos puedan comprar vivienda nueva.

El Subsidio Familiar de Vivienda es un aporte en dinero o en especie que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin que tenga que ser restituido por parte de éste; constituye un complemento de su ahorro para facilitarle la adquisición o construcción de una solución de vivienda de interés social o el mejoramiento de la misma.

¿Tenemos derecho siendo empleados o trabajadores independientes?

Por supuesto. Para los empleados existen los subsidios de las Cajas de Compensación Familiar. Es necesario estar afiliado a través de la empresa con la cual trabaja, a una de las cajas.

¿Qué aspectos se tiene en cuenta para definir a cuáles familias se les dan los subisidios?

Existen unos puntajes que facilitan a las entidades definir cuáles son los hogares que más necesitan esta ayuda. Estos puntajes se basan principalmente en:

  • Cantidad de dinero ahorrado en relación con el tipo de vivienda seleccionado.
  • Antigüedad de la cuenta de ahorro.
  • Cumplimiento del compromiso de ahorro. Es decir, el promedio de los saldos de las cuentas que componen el ahorro en los últimos 6 meses.
  • Ingreso del hogar.
  • Número de miembros del hogar.
  • Condiciones especiales (mujer cabeza de familia, miembros de más de 65 años, discapacitados).
  • Tipo de vivienda
  • Número de veces que el hogar postulante ha participado en la asignación sin haber resultado beneficiario.

Fotografía tomada de http://www.dinero.com/

Comprar vivienda desde el exterior

Para comprar vivienda desde el exterior, es importante saber que la documentación requerida para realizar los trámites y la forma de efectuar los giros, varía de acuerdo con el momento en que se encuentre el proceso de venta de cada proyecto.

Por este motivo se debe de comunicar directamente con la vendedora encargada del proyecto en el cual se encuentra interesado, para que ésta lo asesore.

Colombianos residentes en el exterior

Cuando un Colombiano es residente en el exterior o lleva más de seis meses viviendo fuera del país y quiere comprar vivienda en Colombia, lo puede hacer a través de giros como Remesa de trabajador y de esta manera la escritura se puede elaborar a su nombre o a nombre de la persona que el designe.

Extranjeros

Cuando un Extranjero quiere comprar vivienda en Colombia, lo puede hacer como una Inversión extranjera a través de giros directos por el sistema bancario y se registrará a través del Banco de la Republica de Colombia, de esta manera el bien se escriturará a nombre del extranjero que realiza la inversión en Colombia.

En ningún caso se pueden girar divisas a través de casas de cambio a nombre de la constructora.

Fuente: http://www.constructoracapital.com/asesoria_subsidios_constructora_capital_colombia.php